Vuelo cancelado: tus 3 derechos (reembolso, hotel y hasta 600 €)

Actualizado el 2 de octubre de 2026 · Equipo de Modo Avión

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En resumen. Con un vuelo cancelado cubierto por el Reglamento 261/2004 tienes tres derechos. Primero, elegir entre el reembolso en 7 días u otro vuelo. Segundo, comida y, si hace falta, hotel, aunque la causa sea extraordinaria. Tercero, 250, 400 o 600 € si te avisaron con menos de 14 días y no hubo circunstancias extraordinarias.

1. Reembolso u otro vuelo: eliges tú

Cuando te cancelan el vuelo, la aerolínea tiene que ofrecerte elegir entre:

  • el reembolso del billete en un máximo de 7 días;
  • otro vuelo lo antes posible;
  • otro vuelo en la fecha que prefieras, si hay plazas.

El reembolso es en dinero: efectivo, transferencia o cheque. Un bono solo vale si tú lo aceptas por escrito. Si te lo ofrecen como única opción, puedes decir que no.

2. Comida, bebida y hotel, aunque la causa sea extraordinaria

Mientras esperas el vuelo alternativo, la aerolínea tiene que darte comida y bebida. Si el nuevo vuelo sale al día siguiente o más tarde, también hotel y traslado.

Esta atención se debe aunque la cancelación sea por una causa extraordinaria, como una tormenta. Si pagas tú porque nadie te atiende, guarda los tickets y pide que te los devuelvan.

3. Hasta 600 € si te avisan con menos de 14 días

DistanciaCompensación
Hasta 1.500 km250 €
De 1.500 a 3.500 km400 €
Más de 3.500 km600 €

Dentro de la UE, el máximo es 400 €. No hay compensación en tres casos:

  • te avisaron con 14 días o más de antelación;
  • te ofrecieron un vuelo alternativo con horario muy parecido:
    • con 7 a 14 días de aviso, que salga hasta 2 h antes y llegue menos de 4 h tarde;
    • con menos de 7 días de aviso, que salga hasta 1 h antes y llegue menos de 2 h tarde;
  • hubo circunstancias extraordinarias, como un temporal que impedía volar o una huelga de controladores. Se valora caso por caso.

Cómo reclamarlo

Reclamar es gratis:

  1. Primero, a la aerolínea, con su formulario.
  2. En España, si en un mes no contesta o no te convence, a AESA.

En la guía de vuelo retrasado tienes el paso a paso completo, los plazos y qué papeles guardar.

Si prefieres que lo haga otro, AirHelp gestiona la reclamación y solo cobra si gana: el 35 % de la compensación, IVA incluido.

¿Cambia algo con la reforma?

De momento, no. El Reglamento (UE) 2026/2202 se aplica desde el 23 de octubre de 2027. Mantiene los 14 días de aviso y los 250, 400 y 600 €.

Fuentes (consultadas el 2 de octubre de 2026)

  1. Reglamento (CE) 261/2004, arts. 5, 7, 8 y 9.
  2. Directrices de la Comisión C/2024/5687, apartado 4.3.3 (sentencia McDonagh, C-12/11).
  3. Reglamento (UE) 2026/2202.
  4. AESA, cómo reclamar.
  5. AirHelp, lista de precios.