Seguro de viaje Schengen: 30.000 € para el visado y si te lo piden sin él
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En resumen. Si necesitas visado Schengen, tienes que demostrar un seguro médico de viaje de al menos 30.000 €, válido en todo el espacio Schengen, con repatriación y para toda la estancia. Si no necesitas visado (México, Colombia, Perú, Chile, Argentina…), las normas de la UE no te lo exigen en la frontera, pero Francia sí, así que conviene viajar con él.
Quién tiene que llevar seguro
| Tu caso | ¿Seguro obligatorio? |
|---|---|
| Necesitas visado Schengen. Por ejemplo, con pasaporte de Ecuador, Bolivia, Cuba o República Dominicana | Sí. Sin él no te dan el visado |
| No necesitas visado. Por ejemplo, con pasaporte de México, Colombia, Perú, Chile o Argentina | La UE no lo exige en la frontera. Francia sí |
El espacio Schengen son 29 países, y en todos rigen las mismas normas de visado.
Lo que exige el visado Schengen
Lo dice el artículo 15 del Código de visados de la UE. El seguro tiene que:
- cubrir al menos 30.000 €;
- pagar la repatriación por motivos médicos o por fallecimiento, la asistencia médica de urgencia y la hospitalización de urgencia;
- ser válido en todos los países Schengen, o al menos en los que permita el visado si es de validez limitada;
- cubrir toda la estancia, desde el día que entras hasta el día que sales.
Además:
- Visado de varias entradas: basta con que el seguro cubra el primer viaje. Al pedirlo firmas que sabes que necesitarás seguro también para los siguientes.
- Dónde contratarlo: en principio, en tu país de residencia. Si no es posible allí, en otro.
- El consulado comprueba que la aseguradora pueda pagar en un país de la UE.
- No lo necesitan los titulares de pasaporte diplomático. El consulado también puede eximir a profesionales que ya tienen seguro por su trabajo, como los marinos.
Si no lo presentas, te pueden denegar el visado: es uno de los motivos que aparecen en el impreso oficial de denegación.
Si no necesitas visado
Con pasaporte de México, Colombia, Perú, Chile, Argentina y otros países exentos, puedes estar hasta 90 días en cualquier periodo de 180 días sin visado.
Las normas de la UE no piden seguro. El Código de fronteras Schengen exige:
- pasaporte válido;
- justificar el motivo y las condiciones del viaje;
- tener dinero suficiente para la estancia y la vuelta.
Su lista de documentos que te pueden pedir (alojamiento, itinerario, billete de vuelta, invitaciones) no incluye el seguro.
España tampoco lo pide. El Ministerio del Interior no incluye el seguro entre los requisitos de entrada. Lo que sí te pueden pedir:
- billete de vuelta;
- reserva de alojamiento o carta de invitación;
- dinero suficiente: desde el 1 de enero de 2026, 121,10 € por persona y día, con un mínimo de 1.098,90 €. Se demuestra con efectivo o con tarjeta y un extracto bancario o libreta al día. No valen las cartas del banco ni los extractos impresos de internet.
Pero hay dos avisos importantes:
- Francia sí lo exige. La web oficial de la Administración francesa incluye entre las condiciones para cruzar su frontera un seguro de gastos médicos y hospitalarios de al menos 30.000 €. Se aplica también a quien no necesita visado.
- Las webs oficiales no siempre coinciden. El Consulado de España en Bogotá dice que los colombianos "habrán de viajar provistos de" un seguro de al menos 30.000 €, con repatriación y válido en todo Schengen. La web del Ministerio del Interior no lo menciona.
En la práctica: lleva un seguro que cumpla lo mismo que el del visado y ten el certificado a mano, impreso o en el móvil. Así cumples si entras por Francia y no dependes de lo que pida cada agente.
¿Y el ETIAS?
Es la autorización de viaje que tendrán que pedir quienes no necesitan visado, como los viajeros de México, Colombia, Perú, Chile o Argentina. Costará 20 € y servirá para 30 países europeos.
- A 2 de octubre de 2026 no está en funcionamiento y no se aceptan solicitudes. La UE anunciará la fecha de inicio varios meses antes.
- El formulario no pide seguro. Pide el pasaporte, tus datos personales, estudios y profesión, el viaje previsto y algunos antecedentes.
Qué debe decir tu póliza
Antes de pagar, comprueba en el certificado o en las condiciones:
- Tu nombre y las fechas del viaje, del día de entrada al de salida.
- Ámbito "Schengen" o "Europa", que incluya todos los países Schengen.
- Gastos médicos de 30.000 € o más, o su equivalente en tu moneda.
- Repatriación por motivos médicos y por fallecimiento.
- Urgencias médicas y hospitalización.
- Teléfono de asistencia 24 horas y cómo paga: directamente al hospital o devolviéndote el dinero después.
- Franquicia (deducible): si la hay, pagas tú esa parte de cada atención. El artículo 15 no la menciona, pero los consulados intercambian información sobre las aseguradoras, incluida la franquicia. Si tu póliza la tiene, pregunta antes al consulado.
- Enfermedades previas o crónicas: muchas pólizas las excluyen. Si tienes alguna, busca una que la cubra por escrito.
- COVID y epidemias: ya no hay un requisito específico, pero revisa las exclusiones. Algunas pólizas no cubren si las autoridades desaconsejan viajar por una epidemia.
- Que la aseguradora venda en tu país de residencia y pueda pagar en Europa.
30.000 € es el mínimo legal, no un límite. Muchas pólizas cubren bastante más: compara el límite de gastos médicos y las exclusiones, no solo el precio. Si después viajas a Estados Unidos, allí las cifras son otras: lo explicamos en Seguro de viaje para Estados Unidos.
Dónde contratarlo
Puedes comparar aseguradoras de tu país y especialistas en viajes, como IATI, entre otras.
- Antes de pagar, lee las condiciones completas y comprueba los diez puntos de la lista.
- Esta guía es información general, no asesoramiento. La póliza adecuada depende de tu viaje y de tu salud.
Fuentes (consultadas el 2 de octubre de 2026)
- Reglamento (CE) 810/2009, Código de visados, art. 15, con la modificación del Reglamento (UE) 2019/1155: art. 15.2, art. 48 y anexo VI, impreso de denegación, motivo 16.
- Reglamento (UE) 2016/399, Código de fronteras Schengen, art. 6 y anexo I.
- Reglamento (UE) 2018/1806, anexos I y II: países que necesitan visado y países exentos.
- Comisión Europea, política de visados: los 29 países Schengen.
- Ministerio del Interior de España, entrada: requisitos y condiciones.
- Consulado General de España en Bogotá, visado de estancia.
- Service-Public.fr, ¿necesita visado un extranjero para ir a Francia?, revisada el 12 de octubre de 2025.
- Web oficial del ETIAS: estado actual, quién debe solicitarlo y qué se necesita.
- Tu Europa: documentos para nacionales de fuera de la UE.
- OCU, nota de prensa sobre seguros de viaje, 25 de junio de 2026: exclusiones habituales.
- Documento de información del seguro IATI Estrella: ejemplo de exclusiones por enfermedades previas y epidemias.